Despacho de abogados especializado en regularización extraordinaria 2026

Cuenta con expertos
y regulariza tu situación, ¡comienza ahora!

Si estabas en España antes del 31 de diciembre de 2025, podrías regularizar tu situación entre abril y junio 2026. La preparación del expediente puede comenzar ahora y contar con un abogado especializado puede marcar la diferencia.

Una vía excepcional para
regularizar tu situación
en España

La regularización extraordinaria prevista para 2026 es una medida administrativa de carácter excepcional dirigida a personas extranjeras que se encuentran en España sin autorización de residencia, así como a solicitantes de protección internacional.

 

Aunque el Real Decreto aún no ha sido publicado en el BOE, el proyecto normativo ya permite conocer los requisitos generales, el plazo previsto y el alcance del procedimiento.

 

Prepararse con antelación es clave.

¿A quién puede interesar este proceso?

Personas extranjeras que residían en España antes del 31 de diciembre de 2025 y no disponen de autorización de residencia.

Solicitantes de asilo que hayan presentado su solicitud antes de esa fecha, con independencia de que el expediente esté en trámite o haya sido denegado.

Hijos menores de los solicitantes que también se encuentren en situación irregular.

Regulariza tu situación ahora

Plazo previsto para la regularización extraordinaria 2026

Apertura del plazo: 1 de abril de 2026
Cierre del plazo: 30 de junio de 2026

Según el proyecto normativo actualmente en tramitación esas son las fechas. Se trata de un plazo cerrado, por lo que no es recomendable esperar a su apertura para empezar a reunir la documentación.

¿Por qué es importante
preparar el expediente
con antelación?

En procesos excepcionales como este:

  • Los errores pueden dejar fuera del procedimiento
  • La documentación debe estar bien organizada y justificada
  • No todos los casos encajan de la misma forma en los requisitos

Preparar el expediente con tiempo y con asesoramiento legal especializado reduce riesgos y aporta seguridad jurídica.

Asesoramiento legal en extranjería

Somos un despacho de abogados especializado en derecho de extranjería.
Analizamos tu situación de forma personalizada y te acompañamos durante todo el proceso:

Revisamos
los requisitos
y viabilidad

Estudiamos
cada caso
en concreto

Preparamos y ordenamos la documentación

Presentación del expediente cuando
se abra el plazo

Nuestro objetivo es que afrontes este proceso
con información clara, acompañamiento profesional y tranquilidad

Regulariza tu situación ahora

Aunque el plazo oficial aún no esté abierto, la preparación puede empezar desde este momento.Cuenta con expertos y comienza tu regularización con tiempo.  
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Preguntas frecuentes
sobre la regularización extraordinaria 2026

¿Qué es la regularización extraordinaria prevista para 2026?

Es un procedimiento administrativo excepcional que el Gobierno prevé aprobar mediante Real Decreto para permitir la obtención de una autorización de residencia a determinadas personas extranjeras que ya se encontraban en España antes del 31 de diciembre de 2025.

No. Actualmente existe un proyecto de Real Decreto que se encuentra en tramitación. El plazo de solicitudes comenzará únicamente cuando el texto definitivo sea publicado en el BOE.

Según la información oficial disponible, el plazo se prevé entre abril y el 30 de junio de 2026.

Podrán solicitarla las personas extranjeras que se encontraran en España antes del 31 de diciembre de 2025 y carezcan de autorización de residencia, así como solicitantes de protección internacional que hayan presentado su solicitud antes de esa fecha.

Sí. El proyecto normativo contempla la posibilidad de que accedan las personas solicitantes de protección internacional, tanto si su expediente está en trámite como si ha sido denegado, siempre que la solicitud se hubiera presentado antes del 31 de diciembre de 2025.

Sí. El proyecto prevé que los hijos menores que se encuentren también en situación irregular puedan solicitar la autorización junto con el solicitante principal.

Sí. Será necesario acreditar una permanencia continuada en España de al menos cinco meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

Mediante documentos como certificados de empadronamiento, informes médicos, certificados escolares, contratos de alquiler, facturas u otros documentos que acrediten la presencia efectiva en territorio español.

Sí. Será necesario carecer de antecedentes penales tanto en España como en los países donde se haya residido durante los últimos cinco años.

Sí. La autorización de residencia habilita automáticamente para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en todo el territorio nacional.

La autorización inicial tendrá una vigencia de un año. Finalizado ese periodo, será necesario acceder a alguna de las vías ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería.

La falta o incorrecta acreditación de los requisitos puede dar lugar a requerimientos o incluso a la inadmisión de la solicitud, por lo que la preparación previa del expediente es fundamental.

La normativa no exige abogado de forma obligatoria, pero se trata de un procedimiento excepcional y con plazo cerrado, por lo que contar con asesoramiento legal especializado reduce riesgos y errores.

No. Dado que el plazo será limitado, iniciar la preparación del expediente con antelación permite presentar la solicitud completa desde el primer momento.

Porque no todas las situaciones encajan de la misma manera en los requisitos previstos. Un análisis individual permite valorar la viabilidad real y preparar el expediente de forma adecuada.